Sumario:
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1 de Córdoba, con fecha 10 de junio de 2022, resolvió: “Absolver a Luis Marcelo Pérez, ya filiado, en orden al delito de coacción agravada, en carácter de autor, (art. 149 bis, segundo párrafo, art. 149 ter, inc. 1, y 45 del CP), por el que fue acusado, por aplicación del beneficio de la duda, en orden a su capacidad de culpabilidad (arts. 3 CPPN y 34 inc. 1 de CP), sin costas (art. 530 del CPPN)”.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Arce” establece que “el Estado -titular de la acción penal- puede autolimitar el ius persequendi en los casos que considere que no revisten suficiente relevancia…por ello, no puede considerarse inconstitucional la limitación de la facultad de recurrir del Ministerio Público cuando se verifique un supuesto como el previsto en el art. 458 del Código Procesal Penal de la Nación en la medida en que, en las particulares circunstancias del sub lite no se ha demostrado que se haya afectado la validez de garantías constitucionales” (Fallos: 320:2145 “Arce, Jorge Daniel”), criterio que también fue sostenido, aunque de modo implícito, en Fallos: 329:5994 “Juri, Carlos Alberto s/homicidio culposo”. En éste último precedente el Máximo Tribunal aclara que: “…siempre que se invoquen agravios de naturaleza federal que habiliten la competencia de esta Corte … éstos deben ser tratados previamente por la Cámara Nacional de Casación Penal, en su carácter de tribunal intermedio”.
En el presente caso, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó una condena de 3 (tres) años de prisión, en forma de ejecución condicional, y alegó arbitrariedad de la sentencia argumentando que la decisión recurrida no constituye un acto jurisdiccional válido al no establecer la verdad de lo acaecido, en tanto se nutre de un razonamiento alejado de las constancias de autos y del derecho vigente. Por lo tanto, habiendo cumplido con los recaudos exigidos por el art. 463 del código de rito, corresponde autorizar la apertura de la instancia casatoria, sin que ello implique emitir opinión sobre el fondo de la cuestión.
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL – SALA 4
Recurso Queja Nº 1 – IMPUTADO: PEREZ, LUIS MARCELO s/AMENAZAS CON ARMAS O ANONIMAS (ART. 149 BIS)