CC-J. 48072-2021. Evaluación psiquiátrica. Aptitud parental. Cumplimiento de requisitos legales


Sumario:

Se advierte en la especie, que el memorial de agravios presentado por la recurrente, no contiene una refutación jurídica ni técnica contra los argumentos en que los que se sustentó el decisorio recurrido ni tampoco evidencia algún error en el que supuestamente se ha incurrido; sino que se trata de una mera disconformidad con lo allí resuelto.

Así las cosas, toda vez que no existen argumentos consistentes en rebatir los fundamentos por los cuales se ordenó la evaluación psiquiátrica y de aptitud parental del demandado Sr. S. J. R. mediante el prestador de su prepaga, no cabe más que declarar la deserción del recurso de apelación interpuesto, pues no se ha aportado argumento alguno que reúna los requisitos establecidos en el art. 265 del Código Procesal.

Se hace notar que la sola circunstancia que el demandado ya realice tratamiento psiquiátrico a través de la misma prestadora designada en autos, no le quita objetividad, parcialidad y transparencia al trabajo que deberán realizar los profesionales tratantes y que designaran a los fines dispuestos en estas actuaciones. De tal modo, al no aportar otros elementos más que una apreciación personal de la recurrente con relación a tal intervención, no encontramos mérito para modificar lo decidido en la instancia de grado. 

 

CAMARA CIVIL – SALA J
Expediente N°: CIV 048072/2021/CA001
Carátula: A, N. P. Y OTROS c/ R, S. J. s/DENUNCIA POR VIOLENCIA FAMILIAR


48072-2021

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