CCNC-2. 57384-2017. Nulidad. Casación del decisorio impugnado. Plazos para realizar audiencia virtual


Sumario:

Corresponde destacar que en la decisión impugnada el tribunal de juicio declaró la nulidad del auto obrante a fs. 146/149 y, consecuentemente, dictó el sobreseimiento del imputado, por considerar que la acción penal no se encuentra legalmente promovida a raíz de la actuación en solitario de la parte querellante. En tales términos, el asunto sometido a examen de esta Sala es sustancialmente análogo al evaluado, decidido y resuelto en las causas “Sayes” ; por lo que resulta conveniente traer al caso, en lo sustancial, algunas de las principales consideraciones volcadas en este último fallo.

Así las cosas, en “Urbanitsch” se dijo que, en la medida en que el CPPN reconoce al particular ofendido personería para actuar en juicio por un delito de acción pública, su derecho a la jurisdicción debe ser enmarcado en la garantía del debido proceso, y entendido de acuerdo a lo resuelto por la CSJN en “Otto Wald” (Fallos: 268:266) y luego ratificado por la mayoría del máximo tribunal en “Santillán” (ya citado); de tal suerte que una vez que aquél ha sido revestido de la calidad de querellante y se ha incorporado válidamente al proceso, su actuación no puede ser restringida del modo en el que lo ha hecho el tribunal de la anterior instancia. 

Los jueces no pueden otorgarle a la ley procesal una inteligencia tal que prive de jurisdicción a un tribunal para dictar una sentencia con apoyo en la pretensión de la parte querellante –que entonces habilita la jurisdicción–, y no pueden darle un sentido que prive al particular damnificado –a quien la ley le reconoce el derecho a formular acusación en juicio penal–, de ese pronunciamiento útil relativo a sus derechos, pues ello redundaría en un menoscabo, nada menos, que de “los derechos asegurados por la Constitución Nacional”. 

 

Tribunal: CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL – SALA 2
Expediente N°: CCC 057384/2017/TO01/CNC001
Carátula: Principal en Tribunal Oral TO01 – IMPUTADO: MORALES PEREZ, VICTOR HUGO s/MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS (ART.263) DENUNCIANTE: JUZGADO COMERCIAL N° 11 C. 75490/2003, . Y OTROS


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