Sumario: Se debe recordar que los actos administrativos se presumen legítimos (art. 12 de la ley 19.549) y, en virtud de ello, no pueden ser descalificados por la sola manifestación de voluntad de los administrados (Fallos: 328:1076, entre muchos otros) y, aun cuando este principio cede cuando la decisión administrativa contiene vicios formales o sustanciales o ha sido dictada sobre la base de...
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